Gustavo Leal
Fernández
Según Alejandro
Turner, vocal ejecutivo de PENSIONISSSTE, el sistema de
administración privada de los fondos de pensiones (Afores), que
inauguró Ernesto Zedillo con su “reforma” 1995 a la Ley del
IMSS, acusa una “falla” de mercado que “merma” en forma
significativa los recursos que recibe un trabajador al momento del
retiro.
Para Turner, la
“falla es la falta de información” del trabajador sobre el
rendimiento que genera su ahorro y la comisión que debe pagar al
administrador. Y pone un caso: tomemos dos personas que empiezan su
vida laboral el mismo día, cotizan a la seguridad social durante el
mismo tiempo y con el mismo salario y también se jubilan el mismo
día. Quién eligió la Afore que cobra la mayor comisión y paga el
menor rendimiento tendrá una pensión de 5 mil pesos. El que optó
por la que tiene la menor comisión y paga el mayor rendimiento
obtendrá 20 mil pesos. Magazo! Turner insiste en que no hay
“información suficiente al público sobre este tema y es una falla
del sistema”.
¿Quiere decir que
si estuviera “informado” podría saltar por encima de la “falla”?
De ninguna manera! Esa “merma” en absoluto resuelve los problemas
de diseño de la “reforma” Zedillo que se traducen en pensiones
apenas del 30 por ciento del último salario devengado.
Ya desde 2005 se
documentó que un trabajador con vida laboral de 40 años y cotizando
al IMSS cerca de 22 años, apenas aspiraría a una pensión
equivalente al 25 por ciento de su último salario al momento del
retiro. ¿Por qué? Sencillo: la tasa de densidad de su cotización
sólo sumaría 56 por ciento. Entre otras fallas, la Ley Zedillo
soslayó la precariedad laboral, los bajos sueldos, el empleo
informal y los períodos de desempleo que impiden a los trabajadores
cumplimentar los aportes indispensables para alcanzar una pensión
digna. El diseño de esa “reforma” no vinculó adecuadamente el
sistema de ahorro con la realidad del empleo que incluye trabajadores
que al ganar poco, pueden aportar poco y, por tanto, no alcanzarán
esa “dignidad” en su pensión. Por ello, el modelo Afore, al no
incorporar el impacto negativo de la densidad de la cotización, ni
su efecto en la carrera salarial, proyecta a sus afiliados saldos
inexactos que en el mediano y largo plazo, están fuera de lo real y
posible.
Ese fatídico
sistema de cuentas individuales, que Calderón extendió a los
trabajadores nuevo ingreso del ISSSTE (2007) y posteriormente a los
del IMSS y CFE (2008), no garantiza ni el 20 por ciento del último
salario devengado: cuatro salarios mínimos, incluso considerando las
aportaciones del SAR92. ¿Por qué? Por los supuestos “irreales”
del modelo: movilidad salarial, efecto de las comisiones, tasas de
interés y nivel de los rendimientos. El problema son esos
“supuestos”. A lo cual hay que agregar, como el corazón del
asunto, la propia naturaleza de las cuentas individuales, su
estructura de comisiones y la intermediación financiera innecesaria
que representan. El problema es esa modalidad mexicana de la
“capitalización individual” que, a diferencia de otras -como la
sueca- representa un riesgo patente que no proveerá pensiones
dignas.
Otros ejemplos. Por
la baja aportación y la comisión promedio, una persona con 30 años
de cotización que gana 44 mil 850 pesos mensuales y aumento salarial
de 3.72 por ciento anual, alcanzaría solamente 13 mil 886 pesos de
pensión: 15.46 por ciento de su último salario. Y un trabajador con
mil 794 pesos de remuneración -y mismas condiciones que el anterior-
apenas montaría una pensión de 934 pesos: 26.05 por ciento del
último salario.
Así que el asunto
no se resuelve con más o menos información. Es un problema
estructural de la Ley Zedillo que urge reformar. La “falla” de
mercado” de Turner -que conoce por haberse desempeñado como
actuario autorizado para dictaminar planes de pensiones ante la
CONSAR- sólo atiende el impacto de las comisiones sobre el nivel de
la pensión, no el fracaso estructural de la Ley Zedillo.
Pero Turner no
menciona que en Bolivia, Colombia, El Salvador, Bulgaria, Estonia,
Hungría, Kazakhstan, Polonia y Eslovenia se han tomado acciones para
evitar que las comisiones mermen la pensión. En ellas funcionan
regulaciones que obligan a que las comisiones no sean mayores a las
que cobran las sociedades de inversión o crear subastas de paquetes
de afiliados para entregárselos a la que ofrezca la menor comisión.
Otra vía, usada en Suecia, es que los administradores garanticen un
rendimiento mínimo y, si no lo alcanzan, no cobran comisión.
Además, Turner
declara que toda vez que el nivel de la comisión del PENSIONISSSTE
“es la más baja del mercado”: 0.99 por ciento “no sólo se
beneficiarán sus usuarios, sino también los trabajadores que
encargaron su ahorro a las Afores privadas”. Pero ¿cómo así
cuando lo único que cambia es el impacto de la comisión pero, en lo
absoluto, la falla estructural incrustada en la modalidad mexicana de
capitalización individual?
Lo que Turner aún
no empieza a explicar es el alto costo fiscal de la igualmente
fracasada “reforma” Calderón al ISSSTE, así como la escasísima
atracción que tuvo PENSIONISSSTE (noviembre, 2008) dentro del
universo de los trabajadores del Apartado A. Lo cual ha terminado de
hundir la “reforma”. Ahí la “falla” si parece ser por “falta
de información”.
Redacción:
El presente artículo
del doctor Gustavo Leal Fernández, profesor e investigador de la
Universidad Autónoma Metropolitana – Xochimilco, se publicó por
primera vez en el periódico La Jornada, el sábado 2 de marzo de
2013.