lunes, 4 de marzo de 2013

PENSIONISSSTE y la “falla de mercado” del Sistema Afore


Gustavo Leal Fernández
Según Alejandro Turner, vocal ejecutivo de PENSIONISSSTE, el sistema de administración privada de los fondos de pensiones (Afores), que inauguró Ernesto Zedillo con su “reforma” 1995 a la Ley del IMSS, acusa una “falla” de mercado que “merma” en forma significativa los recursos que recibe un trabajador al momento del retiro.
Para Turner, la “falla es la falta de información” del trabajador sobre el rendimiento que genera su ahorro y la comisión que debe pagar al administrador. Y pone un caso: tomemos dos personas que empiezan su vida laboral el mismo día, cotizan a la seguridad social durante el mismo tiempo y con el mismo salario y también se jubilan el mismo día. Quién eligió la Afore que cobra la mayor comisión y paga el menor rendimiento tendrá una pensión de 5 mil pesos. El que optó por la que tiene la menor comisión y paga el mayor rendimiento obtendrá 20 mil pesos. Magazo! Turner insiste en que no hay “información suficiente al público sobre este tema y es una falla del sistema”.
¿Quiere decir que si estuviera “informado” podría saltar por encima de la “falla”? De ninguna manera! Esa “merma” en absoluto resuelve los problemas de diseño de la “reforma” Zedillo que se traducen en pensiones apenas del 30 por ciento del último salario devengado.
Ya desde 2005 se documentó que un trabajador con vida laboral de 40 años y cotizando al IMSS cerca de 22 años, apenas aspiraría a una pensión equivalente al 25 por ciento de su último salario al momento del retiro. ¿Por qué? Sencillo: la tasa de densidad de su cotización sólo sumaría 56 por ciento. Entre otras fallas, la Ley Zedillo soslayó la precariedad laboral, los bajos sueldos, el empleo informal y los períodos de desempleo que impiden a los trabajadores cumplimentar los aportes indispensables para alcanzar una pensión digna. El diseño de esa “reforma” no vinculó adecuadamente el sistema de ahorro con la realidad del empleo que incluye trabajadores que al ganar poco, pueden aportar poco y, por tanto, no alcanzarán esa “dignidad” en su pensión. Por ello, el modelo Afore, al no incorporar el impacto negativo de la densidad de la cotización, ni su efecto en la carrera salarial, proyecta a sus afiliados saldos inexactos que en el mediano y largo plazo, están fuera de lo real y posible.
Ese fatídico sistema de cuentas individuales, que Calderón extendió a los trabajadores nuevo ingreso del ISSSTE (2007) y posteriormente a los del IMSS y CFE (2008), no garantiza ni el 20 por ciento del último salario devengado: cuatro salarios mínimos, incluso considerando las aportaciones del SAR92. ¿Por qué? Por los supuestos “irreales” del modelo: movilidad salarial, efecto de las comisiones, tasas de interés y nivel de los rendimientos. El problema son esos “supuestos”. A lo cual hay que agregar, como el corazón del asunto, la propia naturaleza de las cuentas individuales, su estructura de comisiones y la intermediación financiera innecesaria que representan. El problema es esa modalidad mexicana de la “capitalización individual” que, a diferencia de otras -como la sueca- representa un riesgo patente que no proveerá pensiones dignas.
Otros ejemplos. Por la baja aportación y la comisión promedio, una persona con 30 años de cotización que gana 44 mil 850 pesos mensuales y aumento salarial de 3.72 por ciento anual, alcanzaría solamente 13 mil 886 pesos de pensión: 15.46 por ciento de su último salario. Y un trabajador con mil 794 pesos de remuneración -y mismas condiciones que el anterior- apenas montaría una pensión de 934 pesos: 26.05 por ciento del último salario.
Así que el asunto no se resuelve con más o menos información. Es un problema estructural de la Ley Zedillo que urge reformar. La “falla” de mercado” de Turner -que conoce por haberse desempeñado como actuario autorizado para dictaminar planes de pensiones ante la CONSAR- sólo atiende el impacto de las comisiones sobre el nivel de la pensión, no el fracaso estructural de la Ley Zedillo.
Pero Turner no menciona que en Bolivia, Colombia, El Salvador, Bulgaria, Estonia, Hungría, Kazakhstan, Polonia y Eslovenia se han tomado acciones para evitar que las comisiones mermen la pensión. En ellas funcionan regulaciones que obligan a que las comisiones no sean mayores a las que cobran las sociedades de inversión o crear subastas de paquetes de afiliados para entregárselos a la que ofrezca la menor comisión. Otra vía, usada en Suecia, es que los administradores garanticen un rendimiento mínimo y, si no lo alcanzan, no cobran comisión.
Además, Turner declara que toda vez que el nivel de la comisión del PENSIONISSSTE “es la más baja del mercado”: 0.99 por ciento “no sólo se beneficiarán sus usuarios, sino también los trabajadores que encargaron su ahorro a las Afores privadas”. Pero ¿cómo así cuando lo único que cambia es el impacto de la comisión pero, en lo absoluto, la falla estructural incrustada en la modalidad mexicana de capitalización individual?
Lo que Turner aún no empieza a explicar es el alto costo fiscal de la igualmente fracasada “reforma” Calderón al ISSSTE, así como la escasísima atracción que tuvo PENSIONISSSTE (noviembre, 2008) dentro del universo de los trabajadores del Apartado A. Lo cual ha terminado de hundir la “reforma”. Ahí la “falla” si parece ser por “falta de información”.
Redacción:
El presente artículo del doctor Gustavo Leal Fernández, profesor e investigador de la Universidad Autónoma Metropolitana – Xochimilco, se publicó por primera vez en el periódico La Jornada, el sábado 2 de marzo de 2013.

miércoles, 23 de enero de 2013

Confirmado: el TPP extenderá las patentes

Gustavo Leal Fernández

La Cámara Nacional de la Industria Farmacéutica (CANIFARMA) evaluó en diciembre 2012 los textos -que no son públicos- sobre propiedad intelectual del Acuerdo de Asociación Transpacífico (TPP por sus siglas en inglés) y su conclusión fue inequívoca: en ellos se busca extender los tiempos de duración de las patentes de medicamentos. La Asociación Mexicana de Laboratorios Farmacéuticos (AMELAF) ya había revelado las intenciones de las grandes farmacéuticas de los EUA.

¿Cómo? Sin establecer un estándar y dotada de un esquema elástico, la nueva protección dependerá del retraso en los procesos legales y sanitarios que pudieran impactar sobre el arribo del fármaco al mercado. Tal que la protección podría extenderse, según el caso, tres, cinco o más años.

Según Dagoberto Cortés de CANIFARMA la extensión se pretende garantizar frente a las siguientes dos situaciones: cuando “la autoridad encargada de otorgar la protección de patentes (el Instituto Mexicano de Protección Intelectual, IMPI) pueda retrasar el proceso y, otro, cuando la autoridad encargada de otorgar el permiso de comercialización (COFEPRIS) se dilate más allá de lo que establece la Ley General de Salud (artículos transitorios) para el registro sanitario. Ambos tiempos serían adicionados al tiempo efectivo de la protección patentaría” (El Financiero, 10.12.12).

¿Quiere decir que si el IMCO y la COFEPRIS hacen bien su trabajo no habría posibilidad de extender las patentes? Porque, ciertamente, sería del todo aventurado conjeturar que ambas autoridades fungieran en calidad de “cómplices” de la extensión patentaría siendo, además, que ambas ya asistieron a la 15 Ronda de negociaciones del TPP celebrada en Auckland, Nueva Zelandia del 3 al 12 de diciembre, dónde México participó formalmente como miembro por primera vez.

Pero los textos también se refieren al aumento en el tiempo de exclusividad de los datos clínicos que amparan los estudios empleados para manifestar la eficacia y seguridad de los fármacos presentados ante las autoridades sanitarias. El TPP aspira a incorporar un período de tiempo adicional a los cinco años que estipula el Tratado de Libre Comercio de América del Norte (TLCAN), a fin de preservar el uso restringido de esa información.

Esta medida podría impactar sobre el arribo de los genéricos al mercado, toda vez que los fabricantes se sirven de esta información para avivar el proceso de investigación.

En la opinión de Olivia Patiño, titular de asuntos regulatorios de la Asociación Mexicana de Genéricos Intercambiables (AMEGI), una eventual extensión de las patentes “impactaría la disponibilidad de medicamentos para los pacientes y afectaría a la industria fabricante de los medicamentos genéricos”. Y es que, en los próximos cinco años, 83 fármacos perderán la protección, 40 por ciento de ellos de alto impacto económico. Al extenderse la patente, los productores de genéricos no podrían introducirlos al mercado.

Según Patiño, los genéricos “son entre 30 y 89 por ciento más baratos que los de marca, también llamados de referencia, lo cual permite al paciente tener disponibilidad económica para estudios clínicos. La empresa innovadora tendría más años para explotar el producto y la pérdida sería para los laboratorios genéricos y la industria en general (El Financiero, 10.12.12).

La Asociación Nacional de Fabricantes de Medicamentos (ANAFAM) documenta que las ventas privadas de genéricos (por unidades) cerraron 2012 con un incremento del 25 por ciento y representan el 54 por ciento del mercado mexicano. En total, el mercado de genéricos y de patente creció un 4 por ciento en unidades y un 8 por ciento en valores. (Reforma, 24.12.12).

Por su parte, la COFEPRIS presume que, entre octubre-2011 y octubre-2012, dispensó patentes de 25 sustancias activas para el colesterol, disfunción eréctil, esquizofrenia, asma, trombosis, presión arterial, depresión y cáncer, entre otros. Ello se tradujo en la autorización de 181 nuevos genéricos, mientras que el ahorro acumulado -para los próximos cuatro años- ascenderá a 14 mil 665 MP. Estas patentes, sostiene, “abarcan 71 por ciento de las enfermedades más recurrentes entre los mexicanos” y en algunos casos “la entrada del genérico presionó a la baja hasta en 82 por ciento el precio del tratamiento (esquizofrenia)”. Los pacientes ahorrarán, en promedio, 600 pesos, el sector público ahorrará e incrementará su capacidad para atender más enfermos y para los fabricantes nacionales se eliminarán barreras de entrada al mercado farmacéutico.

Claro que COFEPRIS también aprobó 60 nuevos medicamentos de patente con un valor de mercado de 78.4 MP y un costo promedio de 100 mil pesos anuales (Reforma, 27.12.12).

Además de la propiedad intelectual, a la CONCAMIN le preocupa también el capítulo de las Empresas de Estado. En él se contempla cumplir ciertas disciplinas para que las unidades paraestatales se “comporten como firma privada y comercial, en igualdad de condiciones cuando se provee un servicio” (El Financiero, 13.12.12).

Para el gobierno de Peña Nieto -a través de la Secretaría de Economía al cargo de Ildefonso Guajardo-, la participación de México en un acuerdo que, como el TPP pretende pactar 27 capítulos, es relevante “en la medida que permite incidir en el diseño de un régimen de liberación de los flujos de comercio e inversión para la región Asia-Pacífico, diversificando nuestras oportunidades de exportación” (El Financiero, 13.12.12).

Pero ¿a costa de sacrificar a los pacientes que pagan de su bolsillo privado los medicamentos y también a las grandes instituciones de la seguridad social, IMSS e ISSSTE, que constituyen el principal comprador público?

Redacción: El presente artículo del doctor Gustavo Leal Fernández, profesor e investigador de la Universidad Autónoma Metropolitana-Xochimilco, se publicó por primera vez en el periódico La Jornada, el sábado 19 de enero de 2013.