lunes, 18 de abril de 2011

Obligatorio a particulares proteger la información de pacientes A partir del 1 de enero de 2012

Obligatorio a particulares proteger la información de pacientes

A partir del 1 de enero de 2012

Jani Luna Gonzalez

15 de abril del 2011

Al inaugurar las jornadas “La protección de datos en el sector salud”, organizada por la Comisión Nacional de Arbitraje Médico (CONAMED) y el Instituto Federal de Acceso a la Información (IFAI), José Ángel Córdova Villalobos, secretario de Salud federal, dijo que el expediente clínico electrónico es regulado por la reciente Norma Oficial Mexicana 024-2010, por lo que, aseguró, “el modelo ya es vigente y está en proceso de implantación a través del tiempo en todo el país, es un instrumento con información íntegra, disponible y sobre todo confiable para que una persona sea atendida en cualquier centro hospitalario o clínica de México y pueda disponer de su historia clínica actualizada”.

“Las instancias gubernamentales como los particulares, tienen que brindar certidumbre sobre la posesión de esta información, es decir, deben responder por el resguardo de cada historia clínica personal a su cargo, lo que significa observancia general de la  Ley en toda la República Mexicana, en consecuencia, todo el Sistema Nacional de Salud,  queda obligado a garantizar su protección”, puntualizó.

En el auditorio de la Academia Nacional de Medicina, Córdova Villalobos, dijo que para garantizar la confidencialidad de la información se cuenta con las reformas a la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, pues permiten ampliar a los sujetos obligados la obligación de proteger los datos personales de los pacientes.

Para el secretario, el expediente clínico electrónico tiene “invaluables ventajas”, pues con sus debidas y seguras protecciones, “se podrá consultar en línea toda la información médica de un paciente”. Aseguró que con el uso de esta herramienta, se pretende evitar la duplicidad de estudios, análisis y pruebas, y librar de errores a los médicos por falta de información a los que tienen algún padecimiento.

En esta tarea, agregó, “todas las dependencias del Sector Salud Federal y en general todo el Sistema Nacional de Salud se suman para contribuir a garantizar el derecho de protección de datos personales de los usuarios de los servicios médicos, con la finalidad de alcanzar su garantía efectiva, a la vez que implica respeto y reconocimiento a la dignidad de la persona, columna fundamental de todo sistema democrático”.

La comisionada presidenta del lFAI, Jacqueline Peschard Mariscal, anunció que a partir del mes de enero del 2012, las instituciones hospitalarias del sector privado, aseguradoras, laboratorios clínicos y cualquier instancia privada que maneje datos relacionados con la salud de las personas, deberán observar los principios de la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares, promulgada en junio del año pasado.

Como consecuencia, añadió, queda establecido que los datos relacionados con el estado de salud de las personas se definen como sensibles y por ende, deberán ser manejados con extrema cautela.

Por su parte, el Comisionado Nacional de Arbitraje Médico, Germán Fajardo Dolci, precisó que con motivo del XV aniversario de este organismo, se decidió llevar un análisis de los retos que enfrenta la medicina moderna en relación a la protección de datos personales y acceso a la información pública, marco normativo e implicación para la práctica médica, las perspectivas en el Sector Salud y vinculación con la implementación del expediente clínico electrónico.